Vecchio revela la sentencia del TSJ que “desconoce” el CNE sobre el RR

Carlos Vecchio / CNE | Imagen: Notitotal

Carlos Vecchio / CNE | Imagen: Notitotal

El dirigente político de Voluntad Popular, Carlos Vecchio, señaló que la decisión de las rectoras del Consejo Nacional Electoral (CNE) “desconoce” la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) del 5 de junio de 2002 sobre la realización de Referéndum Revocatorio (RR), así como su propia normativa.

“¿Van a acusarlas de desacato como a Henry Ramos Allup?”, cuestionó Vecchio ante la situación. 

A través de su cuenta en Twitter, el dirigente especificó que la resolución del máximo tribunal establece que el 20% del registro electoral debe corresponder a la circunscripción de la persona que se quiere revocar, por lo que es este caso; del Presidente, “es nacional”.

“La sentencia del TSJ del 5 de junio de 2002 dice que una vez verificado el 20% nacional, no regional, el CNE está obligado a convocar al RR”, añadió.

De acuerdo a lo señalado por Vecchio, el fallo del Poder Judicial “impide” que ente comicial “establezca otro requisito adicional no previsto en la Constitución para el revocatorio”.

Detalló que la sentencia fija que el CNE “debe facilitar el ejercicio del derecho y no poner trabas conforme al artículo 62 de la Constitución”.

De igual manera, agregó que la normativa del Poder Electoral expresa que el ente “solo puede indicar el centro de recepción pero no establecer nuevos requisitos del 20%” y solo le permite una vez aprobado 1%, “indicar los centros de recepción tomando en cuenta geografía y población”, según el artículo 24.

Vecchio apuntó que el artículo 29 “reconoce que el 20% es nacional y que una vez se verifique debe convocar al RR”.

PARA LEER LA SENTENCIA COMPLETA, PULSE AQUÍ.


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