“No es posible eliminar la inmunidad parlamentaria mediante un decreto de Gobierno”, asegura Escarrá

El abogado constitucionalista, Hermann Escarrá, aseguró que levantar la inmunidad parlamentaria no es posible en el marco del estado de excepción.

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Hermann Escarrá | Foto referencial

En entrevista al diario Últimas Noticias, el abogado constitucionalista, Hermann Escarrá, aseguró que levantar la inmunidad parlamentaria “no es posible en el marco del estado de excepción, y menos en Venezuela cuyo estado de excepción es democrático y humanista, y tampoco es posible mediante un decreto de Gobierno del Ejecutivo”.

“La inmunidad es una protección por las opiniones que puedan darse dentro de la Cámara… Ellos tienen la garantía de la inviolabilidad cuando están actuando en el ejercicio de sus funciones, y si el diputado comete el delito fuera de la Cámara y no actuando en función parlamentaria, sino simplemente porque es diputado, procede la acción penal y la acción civil”, explicó.

Escarrá considera positivo y “pedagógico” que el presidente Nicolás Maduro  haya decidido consultar a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) al respecto, pues “es el órgano especializado para interpretar la Constitución”.

Sin embargo, cree que la instancia interpretará que no se puede eliminar la inmunidad de esta manera, ya que esta “es una prerrogativa constitucional que se le da a la Asamblea”.

Señaló también que el decreto de estado de excepción vigente, por su naturaleza, “no puede alterar el funcionamiento de un Poder Público nacional”.

Asimismo, el abogado recordó que sólo durante el Gobierno de Rómulo Betancourt, en 1963, “el Consejo de Ministros emitió un decreto suspendiendo la inmunidad con órdenes de aprehensión, sin el procedimiento”.

Cabe recordar que el presidente de la Asamblea Nacional, Henry Ramos Allup, dijo ayer en una entrevista de TV que “Maduro no puede por decreto ni ley suspender la inmunidad parlamentaria contemplada en la Constitución, sólo lo puede hacer una sentencia del Tribunal Supremo de Justicia tras el inicio de un juicio”.

Explicó, además, que el Tribunal no  puede enjuiciar a los diputados “si no hay previa autorización de la Cámara”.

“El Parlamento es el que califica a los diputados, y es ella la que puede levantar la inmunidad”, insistió.


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