TSJ declara constitucionales las bases comiciales para la ANC
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), declaró la constitucionalidad del Decreto Presidencial Nº 2.878, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N°41.156 del 23 de mayo de 2017, al conocer y declarar sin lugar el recurso de nulidad por razones de inconstitucionalidad del referido decreto presidencial interpuesto por el abogado Emilio José Urbina Mendoza.
En dicha sentencia, la Sala Constitucional concluyó que las Bases Comiciales respetan el concepto de la democracia participativa y el sufragio universal, directo y secreto, que ya existen en la Constitución de 1999, mecanismos de democracia directa que facultan la presencia privilegiada de sectores sociales, cuyo protagonismo ha sido destacado por el legislador, en particular a través de las leyes del Poder Popular.
La sentencia destacó que la escogencia de los constituyentes deberá hacerse “en el ámbito territorial y sectorial, mediante el voto universal, directo y secreto” (artículo 1° del decreto), por lo que no encontró violación alguna del principio constitucional del sufragio.
Sala Constitucional se pronuncia sobre la constitucionalidad de las Bases Comiciales para la Asamblea Nacional Constituyente pic.twitter.com/byVh4cDPZO
— TSJ Venezuela (@TSJ_Venezuela) June 14, 2017