El Art. 50 de la Constitución prohibe el ‘exilio forzado’, señala el abogado de López
![juancarlosguitierrezabogado-755x380](https://notitotal.com/wp-content/uploads/2016/08/juancarlosguitierrezabogado-755x380.jpg)
Juan Carlos Gutierrez, abogado defensor de Leopoldo López | Foto: Archivo
El abogado defensor del dirigente Leopoldo López, Juan Carlos Gutiérrez, señaló a través de un tuit un artículo de la Constitución a propósito de la liberación del dirigente de Voluntad Popular Gabriel San Miguel.
“El Art. 50 de la Constitución Venezolana, aparte único, prohíbe la pena de extrañamiento o “exilio “forzado” a Venezolanos”, escribió el abogado a través de su cuenta en la red social Twitter.
Aunque el mensaje lo comparte sin ofrecer explicaciones ni hacer señalamientos, el énfasis en el término “exilio forzado” permite sacar las conclusiones.
Cabe recordar que este viernes, el alcalde del municipio El Hatillo, David Smolansky, informó que el joven dirigente de Voluntad Popular, Gabriel San Miguel, quién fue liberado recientemente, habría partido a España, como parte de un “exilio forzado”.
“Gabo se irá a España. Exilio forzado. Sigue habiendo decenas de presos políticos y seguiremos exigiendo la libertad de todos”, escribió Smolansky.
El Art. 50 de la Constitución Venezolana, aparte único, prohíbe la pena de extrañamiento o "exilio forzado" a Venezolanos.
— Juan C. Gutiérrez (@juancgutierrezc) September 11, 2016
Lea también: