Hoy finalizará el proceso de admisión o rechazo de candidaturas para parlamentarias
Hoy finalizará el proceso de admisión o rechazo de candidaturas para las elecciones parlamentarias del 6 de diciembre, paralelamente culminará el proceso de ajuste a la norma especial de paridad de género en las circunscripciones en las cuales las organizaciones políticas no realizaron primarias y en las listas (cerradas y bloquedas) de candidaturas en los 23 estados y el Distrito Capital.
Según recordó el Consejo Nacional Electoral (CNE) a través de una nota de prensa “al día siguiente de cerrado el lapso de admisión o rechazo, las juntas regionales electorales levantarán el acta de cierre de postulaciones, con las cuales se obtendrá el informe definitivo que será presentado por la Junta Nacional Electoral”.
En el acta de cierre de postulaciones se dejará constancia del número e identificación de todas y cada una de las postulaciones que le fueron consignadas y la decisión adoptada para cada caso.
En el cronograma de los comicios parlamentarios también se indica que desde el día lunes 3 de agosto, fecha en la cual inició el lapso de postulaciones, y hasta hoy (miércoles 12 de agosto) las organizaciones con fines políticos tienen abierto el lapso para ajustar sus candidaturas a lo dispuesto en la normativa establecida por el CNE para garantizar la composición paritaria de la oferta electoral.
Fuentes de la sesión de rectores del CNE explicaron que hasta el día martes (11 de agosto) no se habían detectado irregularidades en el cumplimiento de la norma sobre postulaciones paritarias.
Según el último reporte público de la Junta Nacional Electoral, hasta el día jueves se habían recibido 1.270 trámites de postulaciones; de estás habían sido admitidas 856. No obstante, esta cifra no puede asociarse con candidaturas admitidas porque una candidatura puede tener varias postulaciones.
Sustitución hasta el 7/9/2015
Formalmente las postulaciones tipo lista pueden ser sustituidas o modificadas hasta el 6 de noviembre, mientras las postulaciones nominales pueden ser modificadas hasta el 26 de noviembre.
Sin embargo, para que estas sustituciones o modificaciones puedan reflejarse en los tarjetones electrónicos de votación, deben tramitarse antes del 7 de septiembre. Cualquier cambio que las organizaciones políticas realicen después de esta fecha, aunque será admitido por el CNE, no podrá incluirse en los instrumentos de votación y será necesario colocar una Fe de Errata en las mesas de votación respectivas.
No se requiere residencia
Aunque el artículo 188 de la Constitución Nacional establece que los aspirantes a diputados deben “haber residido cuatro años consecutivos en la entidad correspondiente antes de la fecha de la elección”, fuentes de la Junta Nacional Electoral precisaron que desde el año 2005 el organismo comicial -con el aval de la Sala Constitucional del TSJ- interpreta que “antes de la elección” implica “cualquier momento”, lo cual es diferente a lo señalado para otros cargos de elección en donde se establece “inmediatamente antes de la elección”.
Además recordaron que el artículo 113 del Reglamento de la LOPRE estableció que esos cuatro años de residencia podían cumplirse “en cualquier momento antes de la elección”.