Si a Maduro quieres revocar, tu firma y cédula las van a publicar, dice Jesús Silva
Jesús Silva aseguró que de producirse un posible referendo revocatorio contra el presidente Nicolás Maduro las firmas y cédulas de quienes firmen para exigir este proceso podrán ser publicadas libremente, en el marco de la normas aplicables para un revocatorio que establecen una primera fase de “convocatoria pública” y una fase final de “elección por votación secreta”.
El abogado constitucionalista expresó que “siendo las cosas así, es obligatorio que para convocar este acto se recoja el 20% de las firmas de los electores venezolanos (4 millones de firmantes) con planillas emitidas y verificadas por el CNE donde se estampen los nombres y apellidos, cédulas y huellas dactilares de los interesados en convocarlo. Este material puede ser publicado oficialmente para garantizar que sean personas de verdad y no fantasmas o firmas falsas. En resumidas cuentas, la conclusión constitucional es: Si a Maduro quieres revocar, tu firma y cédula las van a publicar”, según nota publicada por Noticiero Digital.
Asimismo, Silva hizo alusión a la mencionada ley de referendos discutida en la Asamblea Nacional. “En tiempos recientes ha surgido la ilusión ingenua de cambiar esta situación (fantasma de la Lista Tascón) mediante una proyectada Ley ordinaria para Referendos que pretende la oposición, pero el sólo hecho de su nombre ya la hace inconstitucional y presa fácil para ser desechada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, incluso antes de ser aprobada por la Asamblea Nacional opositora”, agregó.
“El problema es que una ley ordinaria no tiene jerarquía suficiente para intervenir en un asunto constitucional, en todo caso una ley orgánica pudiera servir para “complementar subsidiariamente” tal asunto. Revisemos: la actual mayoría de 3/5 partes que tiene la oposición en el parlamento no tiene facultad para aprobar leyes orgánicas, ya que esto sólo puede hacerlo una mayoría calificada de 2/3 de los diputados, es decir, 112 legisladores (cifra que la MUD no ha alcanzado pues se pasmó en 109 al dictarse sentencia del TSJ contra el fraude electoral cometido en Amazonas)”, continuó.
Silva aseguró que podría solicitar un recurso de interpretación para que no queden dudas sobre el tema: “Como abogado constitucionalista y ciudadano venezolano no descarto interponer próximamente ante Sala Constitucional del TSJ un recurso de interpretación del artículo 72 constitucional que versa sobre el Referendum Revocatorio y sus elementos, a fin de que a Venezuela entera le quede claro este punto identificado como “el carácter público de las convocatorias a referéndum”, aunque para mí resulte suficientemente claro”.