CNE incumplió reglamento de la Lopre al no anunciar sustituciones
El Consejo Nacional Electoral (CNE) no habría cumplido con el proceso de sustitución dictado en el Reglamento General de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre), para los comicios del próximo 15 de octubre.
Según establece el reglamento, el CNE debió efectuar las correcciones de los instrumentos y actas electorales, siempre y cuando no estén elaborados. Asimismo, tuvo que publicar los cambios mediante el portal oficial de la institución, debido a que la sustitución de candidatos se produjo luego de que el material ya estaba elaborado.
El artículo 169 del Reglamento de la Lopre califica la falta de elaboración, publicación o remisión del acta como una “falta grave”.
“El décimo día antes de la celebración de las elecciones, el organismo electoral correspondiente deberá obligatoriamente elaborar un Acta en la cual se deje constancia del número e identificación de todas y cada una de las sustituciones y modificaciones de postulaciones que le hubiesen sido presentadas, así como la decisión adoptada en cada caso. El acta deberá ser publicada en la cartelera de la Junta Electoral correspondiente. La falta de elaboración, publicación o remisión del acta a que se contrae el presente artículo, será considerada falta grave en las obligaciones de los miembros de la Junta Electoral, así como también, de la coordinadora o coordinador de postulación designado por la Junta Nacional Electoral”, puntualiza dicho artículo compartido por la periodista Oriana Vielma.
Vale recordar que el CNE no habilitó el sistema electrónico para permitir cambios en la sustitución de los candidatos. Como solución, la oposición decidió llamar a votar por las tarjetas que tengan los rostros y nombres de los elegidos en las primarias.
Miren esta perla sobre el procedimiento para las sustituciones en el Reglamento General de la LOPRE (Capítulo VII), vigente desde 2013. pic.twitter.com/ouBiLCixZa
— Oriana Vielma Gómez (@OriVielma) October 13, 2017