Sentencia 355 del TSJ podría acabar con el voto universal en Venezuela
La sentencia 355 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) podría estar estableciendo las bases comiciales para la Asamblea Constituyente propuesta por el presidente Maduro; que se basan en el voto sectorial y no el universal, publica Caraota Digital.
La resolución, dictada el pasado 16 de mayo, resolvió los cinco recursos de nulidad contra la reforma de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (LOPPM) de 2010 que eliminó las Juntas Parroquiales e introdujo las Juntas Parroquiales Comunales. Entonces, estos grupos eran electos de forma universal, directa y secreta.
Con la nueva reforma, las comunas y Consejos Comunales podrán elegir a sus voceros mediante asambleas de ciudadanos y consultas internas, y no necesariamente a través del sufragio para cargos de elección pública establecidos en la Constitución venezolana, explica el abogado constitucionalista Juan Manuel Raffalli. Esto significaría la supresión del voto universal, directo y secreto que caracteriza a las democracias tradicionales.
Esta decisión judicial podría resultar en el uso de ese mismo mecanismo como base comicial para que esos vehículos comunitarios designen a sus constituyentes. “Lo que atentaría contra la universalidad del voto y su carácter directo”, resalta.
Y es que el quinto punto de la propia Gaceta Oficial N° 6295, en la que el mandatario realiza la convocatoria para la Asamblea Constituyente, se deja abierta las puertas para este propósito.
En él se plantea la “constitucionalización de las nuevas formas de la democracia participativa y protagónica, a partir del reconocimiento de los nuevos sujetos del Poder Popular, tales como las Comunas y Consejos Comunales, Consejos de Trabajadores y Trabajadoras, entre otras formas de organización de base territorial y social de la población”.
“Si se permite que no solo elijan a sus voceros y representantes internos, dentro de una comuna o Consejo Comunal, sino que éstas decidan de manera directa quiénes son sus constituyentes y queden electo retrayéndose del sufragio universal de todos los ciudadanos, esto será un desastre”, asevera Raffalli.
Esto, sostiene, debido a que se le asignará a un grupo que representa a un 13% ó 14% de la población la elección del 30% ó 40% de los diputados constituyentistas.
“Es lo mismo que se diga que los indígenas tendrán 80 constituyentes, de 540, cuando ellos no representan ni al 0,4% de la población. Eso no puede ser”, ejemplifica.
Situación sin precedentes
La aplicación de este mecanismo estaría estableciendo unas bases comiciales “inéditas” no solo para Venezuela sino para el resto del mundo.
“Ni siquiera el Gobierno cubano hizo algo así, porque en Cuba en 1969 hubo una revolución que acabó con todos los parámetros existente y fue creando sus propias bases. Aquí se está dando una convalidación del Ejército, al legalizar esta institución como un organismo prepotente que regirá y tutelará al Estado”, indica el historiador Alejandro Mendible.
Advierte que el Ejecutivo está tratando de montar una especie de plataforma “que no es la representación local genuina de los consejo municipales, sino una tribuna política donde interpretan lo que supuestamente es el Poder Popular“.
Asimismo, Raffalli expresa que, al estar asociado a los temas de las leyes del Poder Popular y a todo este sistema que se ha creado aquí internamente en Venezuela, “no tienen nada que ver con las comunas que hay en otros países como Canadá y Argentina, que están dedicadas a la autogestión del trabajo en equipo con las autoridades legítimamente electas”.
Incluso, el politólogo y responsable de la especialización en opinión pública y comunicación política de la Universidad Simón Bolívar (USB), Daniel Varnagy, concuerda con ambos especialistas al ratificar que no existen antecedentes de esta clase de elección en otros países.
Fuente: Caraota Digital
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