Abusa de una mujer en España durante un ritual de santería cubana tras restregarle cocos por todo el cuerpo
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de nueve años de cárcel y otros tantos de libertad vigilada para un hombre que violó a una mujer mientras le realizaba una sesión de santería cubana.
EL ahora condenado ya lo fue previamente por otro caso de abusos sexuales hace diez años. Era 2014 y entonces ingresó siete años en prisión por abusar sexualmente de otra mujer.
En este caso, la víctima y el hombre se conocieron por un conocido común: un vecino de ella. Entonces, ambos acordaron que él la sometería a una sesión de santería cubana. A esto se avino la víctima.
Cuando el hombre llegó a casa de la mujer, lo primero que le pidió es que se quedase en ropa interior. Ella aceptó. Después, empezó a pasarle unos cocos por todo el cuerpo.
En un momento dado le pidió a la mujer que se diese la vuelta para seguir por la parte posterior de su cuerpo. tenía que pasarle los cocos por los glúteos, le dijo. Entonces aprovechó que ella se giró para quitarle la ropa interior y violarla.
Escapar
Mientras “la sujetaba fuertemente de los brazos impidiendo que pudiera escapar, haciendo caso omiso de las súplicas” de la mujer “para que parase”, él abusó de ella, recoge Europa Press.
La víctima, que tuvo que reiterar al acusado que abandonase la vivienda tras la agresión sexual, denunció los hechos en la Comisaría de Policía de Granada-Norte unos pocos días después.
La Sección Segunda de la Audiencia de Granada condenó al acusado a nueve años de prisión como autor de un delito de agresión sexual con penetración, en su modalidad de empleo de violencia (violación) con la agravante de reincidencia, así como a la prohibición de comunicarse o aproximarse a la víctima a menos de 300 metros durante quince años.
Recurso
El acusado recurrió la sentencia reclamando la libre absolución al afirmar que se trató de una relación sexual consentida, si bien la Sección de Apelación de la Sala Penal del TSJA lo ha desestimado avalando la “plena credibilidad” que los magistrados de la Audiencia de Granada dieron al testimonio de la víctima.
Además de la pena de prisión, el TSJA ha condenado al hombre a que pague una indemnización de 6.000 euros a su víctima.
Bueno, siga de p3ndej@, creyendo en brujos en plena época de luz…