Juez federal rechazó suspender orden de aprehensión contra Laura Bozzo y deberá ir a la cárcel

Imagen referencial. Fuente: Notitotal

Un juez federal rechazó suspender en forma definitiva la orden para que Laura Bozzo ingrese por su propio pie al penal de Santiaguito, como parte de su proceso por vender un inmueble embargado por el SAT y con el que había garantizado un adeudo fiscal de más de 13 millones de pesos.

Juan Miguel Ortiz Marmolejo, juez Noveno de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales en Edomex, negó la suspensión definitiva a la conductora de “Laura en América” y declaró sin materia su pedido para frenar la orden de internamiento a prisión, según un acuerdo publicado esta mañana en la lista del órgano jurisdiccional.

Por el mismo asunto fiscal y derivado de no haberse internado voluntariamente a prisión, se ordenó la aprehensión de Bozzo.

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La Fiscalía General de la República (FGR) puede ejecutarle dicho mandamiento judicial, ya que la procesada en este momento está desprotegida judicialmente, pues no cuenta con ninguna suspensión que impida su captura.

La semana pasada el juez Ortiz le había concedido la suspensión provisional contra la orden de internamiento en la cárcel mexiquense, pero bajo la condición de cubrir una garantía de 300 mil pesos y entregar su pasaporte al juez de control del Centro de Justicia Penal Federal de Almoloya de Juárez, donde instruyen su proceso.

Según los registros judiciales, Bozzo no cumplió con estas condiciones, y tras recibir los documentos del proceso penal, el juez Ortiz decidió negarle la suspensión definitiva.

A Bozzo se le imputa en el proceso haber vendido una casa en La Herradura que estaba embargada por el SAT y con el que ella supuestamente había garantizado un adeudo fiscal de más de 13 millones de pesos.

El pasado 11 de agosto el juez de control federal Daniel Ramírez Peña vinculó a proceso a la conductora televisiva por el delito de depositaría infiel, derivado de la presunta venta del mencionado inmueble

En ese procedimiento, el juez dictó como medida cautelar la prisión preventiva justificada y le dio un plazo de 48 horas para internarse voluntariamente en el penal de Santiaguito, en Almoloya de Juárez, y como no lo hizo, el 13 de agosto ordenó su aprehensión.

El amparo de Bozzo solo fue tramitado contra la orden de internamiento y, si bien solicitó la protección de la justicia contra el mandamiento de captura, esta parte no fue tramitada porque su demanda la presentó antes de que se girara la aprehensión, y contra esta última, tiene a posibilidad de presentar un nuevo amparo.

Con información de Noticia al Día

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