Descartan jurisdicción del MP para enjuiciar a Jean Mary y Alex Goncalves

El abogado Jesús Ollarves Irazábal, descartó la jurisdicción del Ministerio Público venezolano para enjuiciar a los locutores Jean Mary Curró y Alex Goncalves.

Recientemente, Tarek William Saab informó que había una orden de aprehensión en contra de Jean Mary Curró y Alex Goncalves por difamar al fallecido conductor, sin embargo muchos dudaron de la veracidad de esta orden.

Usuarios en redes señalaron que los humoristas viven en Estados Unidos actualmente, por lo no es probable que puedan ser aprensados. Ante esto, el diario ‘El Nacional’ entrevistó a Jesús Ollarves Irazábal, doctor en derecho y profesor de la Universidad Central de Venezuela, para que aclare las dudas sobre el caso.

“Lo primero que hay que determinar es si Jean Mary Curró y Alex Goncalves emiten su podcast desde Venezuela y si residen en el país. De no ser así, los tribunales venezolanos ni el Ministerio público tienen jurisdicción para enjuiciar tal delito”, explicó el doctor.

No obstante, en el caso que Curró y Goncalves estuvieran en Venezuela, el fiscal tampoco tendría porque iniciar una investigación en su contra, pues según el artículo 449 del Código Penal, solo los afectados podrían iniciar un proceso legal.

“Estamos ante la comisión del delito de injuria, relacionada con la imputación de un hecho genérico en contra del fallecido Dave Capella, cuando lo calificaron de estafador. De acuerdo con el artículo 449 del Código Penal este delito sólo puede ser enjuiciado por acusación de la parte agraviada o de sus representantes legales”, señaló Irazábal.

 

Con información de Gossip Vzla

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