Entérate como obtener cobertura médica si eres migrante en Estados Unidos

Imagen referencial | Foto: Venezuela al Día.

En Estados Unidos, la mayoría de las personas son elegibles para obtener cobertura a través del Mercado de Seguros Médicos, incluso los inmigrantes.

A continuación de ofrecemos detalles de las personas que pueden optar por una cobertura a través del Mercado de Seguros Médicos en EEUU y cuáles son los requisitos.

Los inmigrantes con los siguientes estatus califican para usar el Mercado:

  • Residente permanente legal (LPR/Portador de una tarjeta de residente permanente)
  • Asilado
  • Refugiado
  • Participante Cubano-Haitiano
  • Bajo entrada condicional en los EE.UU.
  • Persona presente bajo entrada condicional concedida antes de 1980
  • Cónyuge, o hijo y pariente maltratado
  • Víctima del tráfico de personas, y su cónyuge, hijo, hermano o pariente
  • Suspensión de deportación o remoción otorgada, bajo las leyes de inmigración o bajo el Convenio contra la tortura (CAT, por su sigla en inglés)
  • Individuo con estatus de no-inmigrante, incluye visas de trabajo (tal como H1, H2A, H-2B), visas de estudiante, U-visa, T-visa y ciudadanos de Micronesia, las Islas Marshall, y Palau
  • Estatus de protección temporal (TPS, por su sigla en inglés)
  • Partida forzada diferida (DED, por su sigla en inglés)
  • El Estatus de acción diferida (Excepción: la Acción Diferida para los llegados a EE.UU. en la infancia. (DACA, por su sigla en inglés) no es un estatus de inmigración elegible para solicitar seguro médico)
  • Residente temporal legal
  • Orden administrativa aplazando una remoción, emitida por el Departamento de seguridad nacional
  • Miembro de una tribu nativa estadounidense reconocida federalmente, o indígena estadounidense nacido en Canadá
  • Residente de Samoa Americana

Los solicitantes de cualquiera de estos estatus califican para usar el Mercado:

  • Estatus de protección temporal con autorización de empleo
  • Estatus de inmigrante especial joven
  • Ajuste a estatus LPR
  • Víctima de tráfico de visa
  • Asilo (ver la nota más adelante)
  • Suspensión de deportación o suspensión de remoción, bajo las leyes de inmigración o bajo el Convenio contra la tortura (CAT, por su sigla en inglés)

Quienes soliciten asilo son elegibles para una cobertura del Mercado solamente si se les ha concedido autorización de empleo o son menores de 14 años, y han tenido una solicitud pendiente por al menos 180 días

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Las personas con los siguientes estatus y que tengan autorización de empleo califican para el Mercado:

  • Solicitantes a través de registro
  • Orden de supervisión
  • Solicitante para cancelación de remoción o suspensión de deportación
  • Solicitante para legalización bajo IRCA (Immigration Reform and Control Act)
  • Legalización bajo la Ley LIFE

Recuerde: La información sobre el estatus migratorio será usada sólo para determinar su elegibilidad para cobertura médica y no por la ley de inmigración.

Los inmigrantes presentes legalmente y los ahorros del Mercado

Si es un inmigrante presente legalmente en los Estados Unidos, puede comprar un seguro médico privado a través del Mercado. Usted podría ser elegible para primas reducidas o gastos de su bolsillo menores según cuál sea su ingreso.

  • Si tiene un ingreso equivalente al 400% del nivel federal de pobreza o menor: Podrían recibir créditos tributarios que pueden usar inmediatamente para reducir el precio de las primas mensuales del seguro que compraron en el Mercado.
  • Si su ingreso familiar anual es menor al 100% del nivel federal de pobreza: Si que no sean elegibles para Medicaid, podrán recibir créditos tributarios y gastos de sus bolsillos reducidos para la cobertura que compren a través del Mercado de seguros, siempre que cumplan los requisitos.
    Inmigrantes y Medicaid y CHIP

Los inmigrantes considerados como “no ciudadanos calificados”, por lo general pueden conseguir la cobertura de Medicaid y del Seguro Médico para los Niños (CHIP), si son elegibles para el programa Medicaid y CHIP de su estado (por ejemplo si cumplen los requisitos de ingresos estipulados por el estado).

Para obtener la cobertura de Medicaid y de CHIP, muchos ciudadanos no calificados (como LPR o de los que tienen la tarjeta verde) tienen que esperar cinco (5) años. Lo que significa que deben pasar cinco años después de que tengan una situación inmigratoria autorizada, antes de que puedan obtener Medicaid o CHIP.

Medicaid y la cobertura CHIP para los niños que residen legalmente y mujeres embarazadas

Los estados pueden eliminar el período de espera de 5 años para que los niños residentes legales y mujeres embarazadas elegibles para Medicaid reciban los beneficios completos. Un niño o una embarazada se considera “residente legal” si está presente en los Estados Unidos legalmente, es un residente del estado y es elegible para Medicaid o CHIP en el estado.

Obtener cuidado de emergencia

Las personas sin una situación inmigratoria elegible y que por lo tanto, no son elegibles para Medicaid, podrían obtener Medicaid para servicios de emergencia limitados, siempre que cumplan todos los otros requisitos del estado para recibir Medicaid (tales como los ingresos y estatus de residencia).

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Estatus de Medicaid, CHIP y “carga pública”

Solicitar los beneficios de Medicaid, CHIP u recibir ahorros para un seguro a través del Mercado no significa ser una “carga pública”. Esto significa que no afectará sus posibilidades de conseguir la residencia permanente o la ciudadanía estadounidense.

La única excepción son las personas que viven en una dependencia de cuidado a largo plazo pagada por el gobierno. Estas personas tal vez tengan inconvenientes para conseguir la tarjeta verde.

Es posible que necesite tener uno o mas de los siguientes documentos o números cuando solicite y se inscriba en la cobertura del Mercado.

  • Tarjeta de residente permanente, “Green Card” (I-551)
  • Permiso de reingreso (I-327)
  • Documento de viaje para refugiado (I-571)
  • Documento de autorización de empleo (I-766)
  • Visa de inmigración legible con máquina (con estampilla I-551 temporal)
  • Estampilla I-551 temporal (estampada en pasaporte o documento I-94/I-94A)
  • Registro de Llegada/Salida (I-94/I-94A)
  • Registro de Llegada/Salida indicado en pasaporte extranjero (I-94)
  • Pasaporte extranjero
  • Certificado de elegibilidad para estatus de estudiante no-inmigrante (I-20)
  • Certificado de elegibilidad para estatus de visitante de intercambio (DS-2019)
  • Aviso de acción (I-797)
  • Documento de pertenencia a una tribu nativa estadounidense reconocida federalmente o indígena estadounidense nacido en Canadá
  • Certificación del Departamento de salud y servicios humanos (HHS, por su sigla en inglés) Oficina de relocalización de refugiados (ORR, por su sigla en inglés)
  • Documento que indica la interrupción de deportación
  • Carta de elegibilidad de la Oficina de relocalización de refugiados (ORR, por su sigla en inglés) (si es menor de 18 años)
  • Tarjeta de residente de Samoa Americana
  • Número de extranjero (también llamado número de USCIS o registración del extranjero) o número del formulario I-94

Con información de Venezuela al Día.

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