TSJ declara nula las reformas del Reglamento Interior y de Debate del Parlamento

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció el jueves 19 de diciembre por las reformas parcial del Reglamento Interior y de Debate de la AN | Foto: cortesía

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia declaró nulas todos las modificaciones del Reglamento Interior y de Debate de la Asamblea Nacional y exhortó al Ministerio Público a investigar la aprobación de la reforma parcial de dicha ley

La Sala Plena del Tribunal Supremo Justicia (TSJ) se pronunció este 19 de diciembre en televisión nacional para declarar nula la reformas parciales en tres artículos del Reglamento Interior y de Debate que hiciera la Asamblea Nacional liderada por Juan Guaidó el martes 17 de diciembre.

«Se declara la nulidad absoluta y carencia de efecto jurídico de la reforma parcial del Reglamento Interior y de Debate de la Asamblea Nacional, publicado en la gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 6.014», anunció el magistrado Juan José Mendoza.

También anunció la nulidad de cualquier otra modificación del referido instrumento que se haya realizado o se disponga a ejecutar el Legislativo venezolano.

Esta decisión del TSJ se realiza a solicitud de los diputados: Leandro José Domínguez Báez, Jesús Gabriel Peña Navas y José Gregorio Noriega Figueroa. La Sala Constitucional con ponencia del funcionario Mendoza también exhortó al Ministerio Público a investigar posibles actuaciones penales de los diputados que aprobaron la reforma. La solicitud de nulidad fue introducida hace 24 horas.

«Se exhorta al Ministerio Público para que investigue penalmente la presunta materialización de conductas constitutivas de tipo delictivos contemplados en la Constitución y ratifica que cualquier actuación de la AN, órgano o individuo que se manifieste en contra de la decisión, será nula y carente de toda validez jurídica», sostuvo.

En este sentido, informó sobre el envío de una copia de esta decisión a la Asamblea Nacional Constituyente, al Poder Ejecutivo, Ciudadano, Electoral y al fiscal de la República.

Mendoza explicó que todos los cuerpos colegiados obligan a la presencia física de sus miembros, titulares o suplentes a deliberar o tomar decisiones y agregó que todos los Parlamentos del mundo tienen sede y exigen la presencia física de sus integrantes, pues aseguró que ninguno funciona de manera virtual.

Asimismo indicó que la Constitución de Venezuela en su artículo 197 establece que los diputados están obligados a cumplir todas las labores a las que estén sujetos en el Poder Legislativo y que estarán sometidos a referédum revocatorio del mandato en los términos previsto en la Carta Magna.

El Poder Legislativo aprobó las reformas parciales del Reglamento el 17 de diciembre, las cuales tienen el objetivo de que diputados en el exilio participen las sesiones ordinarias y extraordinarias y ejerzan su voto en las decisiones del órgano.

Vía EP

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