Así condenó la Organización Internacional del Trabajo al “presidente obrero” de Venezuela
La Comisión de Encuesta establecida por el Consejo de Administración de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para Venezuela presentó su informe sobre la queja interpuesta en 2015 por treinta y tres delegados empleadores en la Conferencia Internacional del Trabajo (CIT). En el reporte, emitido el 3 de octubre de 2019, se refleja que el Gobierno de Nicolás Maduro, “el presidente obrero”, hostiga a empleadores y trabajadores en un contexto de impunidad.
La instancia reportó, por primera vez en América Latina y por virtud de una denuncia de empleadores y no de trabajadores, la grave persecución contra Federación de Cámaras y Asociaciones de Comercio y Producción de Venezuela (Fedecámaras) y sus afiliados, además de los ataques a organizaciones sindicales no afines al régimen. En tal sentido, exigió el cese inmediato de actos de violencia, amenazas, intimidación y vulneración de libertades civiles en el país.
Asimismo, la Comisión de Encuesta alertó que el Gobierno viola el Convenio n.° 87 cuando promociona organizaciones paralelas y de discriminación, suplantación e injerencia en las actividades de las organizaciones de empleadores y trabajadores e impulsa la injerencia en las relaciones entre empleadores y trabajadores.
Acceso a la Justicia recuerda que la Comisión de Encuesta de la OIT para Venezuela quedó conformada en junio de 2018 por tres miembros: Manuel Herrera Carbuccia (República Dominicana), María Emilia Casas Vaamonde (España) y Santiago Pérez del Castillo (Uruguay). La investigación de la delegación de la OIT incluyó la recopilación de documentación e información escrita, la interacción directa con las partes y otros actores involucrados a través de videoconferencias y la visita al país que se realizó entre el 7 y el 13 de julio de 2019. En el proceso de evaluación también se efectuaron audiencias contradictorias en Ginebra.
La representación de la OIT se reunió con funcionarios del Ministerio para el Proceso Social del Trabajo, el Instituto Nacional de Tierras (INTI), el Consejo Nacional Electoral (CNE), la Fiscalía General y la Procuraduría General de la República (PGR); entre otros, con testigos de los querellantes y representantes de organizaciones de empleadores y trabajadores, pero fueron ignoradas las solicitudes hechas al Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN), la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM), el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) y las Fuerzas de Acciones Especiales (FAES).
La Comisión instó al régimen de Maduro a garantizar un clima libre de violencia, amenazas, persecución, intimidación u otra forma de agresión, en el que los interlocutores sociales puedan ejercer sus actividades legítimas, incluida la participación en un verdadero diálogo social. En 2018 Fedecámaras solicitó ante la OIT el restablecimiento del diálogo social y el respeto a las normas internacionales para superar la crisis del país.
La OIT pidió al Gobierno de Maduro no coartar la libertad sindical con procedimientos judiciales y medidas cautelares y sustitutivas; esto pasa por detener la práctica de someter civiles a la jurisdicción militar. Asimismo, exige la liberación inmediata de empleadores o sindicalistas que estén en prisión por el ejercicio de sus actividades legítimas, como es el caso de Rubén González y Rodney Álvarez.
Acceso a la Justicia advierte que la falsa institucionalidad del régimen político venezolano llega al punto de que los jueces militares, contrariamente a lo que dice la Constitución, son nombrados por el Poder Ejecutivo para luego juzgar a civiles, como ocurrió con Rubén González, condenado a cinco años de prisión.
La Comisión de Encuesta de la OIT recomienda el establecimiento de criterios objetivos, verificables y plenamente respetuosos de la libertad sindical. La instancia subraya que la intervención del CNE debe ser verdaderamente facultativa y respetar la preminencia de la autonomía sindical en los procesos electorales.
Al mismo tiempo, aboga por eliminar los mecanismos institucionales que obstaculizan la autonomía de las organizaciones de empleadores y de trabajadores. Dentro de esos mecanismos figuran los Consejos Productivos de Trabajadores (CPT). Acceso a la Justicia ha alertado que los CPT fueron creados como mecanismos colectivistas que reducen la productividad, porque esta no se logra quitándoles a las empresas más de la mitad de lo que producen para quedárselo el Gobierno sin pagarlo, ni imponiéndoles trabajadores que actúen como fiscales.
La Comisión plantea además la realización del establecimiento de procedimientos de consulta a través del diálogo tripartito con las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores. También recomienda que se someta a la consulta tripartita la revisión del decreto con rango, valor y fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT). La comisión enfatiza que las recomendaciones dadas al Gobierno deben aplicarse, a más tardar, el 1º de septiembre de 2020.
El informe de la Comisión de Encuesta de la OIT sobre Venezuela deja al descubierto que en el país no existe un diálogo social y que el régimen de Nicolás Maduro, que se asume como “obrero”, revolucionario y en favor del pueblo, hostiga tanto a empleadores como a trabajadores. En medio de un contexto de impunidad, coarta la libertad sindical y también la autonomía del sector laboral.
Hasta la fecha, el Ejecutivo está en mora con las normas de la OIT y, dentro de ellas, se encuentra la activación de la consulta tripartita sobre la fijación del salario mínimo. Todo esto se agrava por la inexistencia de un verdadero Estado de derecho.
Con información de La Patilla