¿Ledezma presidente encargado?: La solicitud que hacen al TSJ “en el exilio”

Antonio Ledezma | Foto: EFE

Antonio Ledezma | Foto: EFE

 Una demanda sometida a consideración de los magistrados de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en el exilio, basada en un acto inscrito en el derecho a la rebelión del pueblo venezolano, solicita que se designe al alcalde metropolitano de Caracas, Antonio Ledezma, como presidente encargado de la República Bolivariana de Venezuela, publica la periodista Mairbot Petit en su blog. 

Vea también: ¡Agárrate fuerte! Esperan decisión de la OEA sobre si se “denunciará” a Maduro ante La Haya

En el texto se destaca que el mencionado tribunal puede hacer la designación de Ledezma como jefe encargado del Ejecutivo. Según el demandante- el origen de la autoridad del mandatario estaría consagrado en el poder legítimo que poseen -hasta ahora- los magistrados que tomen la decisión de denominar al opositor para ejercer la primera magistratura del país desde el exterior.

La demanda fue presentada por el abogado venezolano Carlos Ramírez López y se basa en los postulados de rebelión que se establecen en la Carta Magna del año 1999. El documento, consignado ante los magistrados el 18 de noviembre de 2017, destaca que en los actuales momentos “el pueblo venezolano tiene pleno derecho a la rebelión contra el régimen dictatorial que encabeza Nicolás Maduro Moros quien ejerce de facto la primera autoridad nacional usurpando la cualidad de presidente”.

El demandante apela a la sentencia de Sala Constitucional del 25 de octubre de 2017, donde se justifica que el pueblo tiene el derecho a tener un presidente encargado que en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Carta Magna y que el mismo haga todo lo necesario y posible para la restitución de la democracia en Venezuela.

Ramírez López explica que su solicitud responde a una medida excepcional “fundada en el espíritu de democracia, de libertad, de Estado de Derecho y de defensa a la supremacía de las normas de la Constitución, en especial de sus artículos 333 y 350 de la Constitución venezolana hasta ahora vigente”. El abogado argumenta que la sentencia dictada por la Sala Constitucional el 25 de octubre del 2017 declara la inmediata activación de la resistencia del pueblo venezolano para el restablecimiento de la efectiva vigencia de la Constitución.

Vea también: ¿Aló Padrino? Ledezma reveló detalles de su “fuga”: “Conté con apoyo de algunos militares”

En el documento, el jurista recuerda que el 9 de enero de 2017 la Asamblea Nacional dictaminó que Nicolás Maduro Moros quedó en situación de abandono del cargo de Presidente de la República por dejación en el ejercicio de sus funciones, esta declaratoria tuvo fundamento en el artículo 233 constitucional y obligaba a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes lo cual no ocurrió.

La demanda sostiene que hay un vacío de poder por la vacante en la Presidencia de la República que se generó cuando los “magistrados usurpadores” anularon el pronunciamiento de la Asamblea Nacional que declaró a Nicolás Maduro fuera de funciones presidenciales. En ese sentido, Ramírez López pide el pronunciamiento del TSJ (en el exilio) en razón que se ha generado un régimen inconstitucional con Nicolás Maduro Moros ejerciendo como Presidente de la República sin serlo con el aval de los  ilegítimos magistrados.

¡Deja tu comentario!

avatar
  Suscribete  
Notificar a