Juzgarán a Neymar por presuntos hechos de corrupción en fichaje del FC Barcelona
La sección cuarta de lo Penal de la Audiencia Nacional confirmó el procesamiento como persona jurídica del Fútbol Club Barcelona por estafa y corrupción entre particulares en el fichaje del jugador brasileño Neymar da Silva Junior en 2011, cuando jugaba en el Santos brasileño.
En un mismo auto, la Sala ratifica también los procesamientos de la madre del jugador, Nadine Gonçalves, y la empresa familiar N&N, por estos hechos al rechazar los recursos interpuestos por sus defensas, si bien aún faltan por resolver los del propio delantero, el presidente del Barça, Josep Maria Bartomeu, y su antecesor, Sandro Rosell.
El Barça pidió el archivo de las actuaciones que a él le afectan al considerar que de lo investigado “no se demuestra la existencia de un hecho delictivo” propio del club, alegación que la Sala no acoge.
El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata dictó en noviembre el auto de procesamiento o de transformación en procedimiento abreviado de estas diligencias que se abrieron, a raíz de la admisión de una querella de la empresa DIS, propietaria de 40% de los derechos federativos.
De la Mata adoptó esta decisión después de que la Sala de lo Penal le ordenara reabrir la causa el pasado mes de septiembre y continuar las diligencias por el trámite del procedimiento abreviado.
El juez, en contra del criterio del fiscal, archivó la causa al considerar que las conductas denunciadas -los contratos de traspaso del jugador suscritos en 2011 y 2013-, si bien pueden tener “repercusiones deportivas, éticas y disciplinarias”, no encajan en un procedimiento penal.
Una vez asumido el criterio de la Sala, De la Mata procesó a Neymar, a sus padres y a los responsables del club con el argumento de que el contrato firmado en 2011 por el que el delantero recibiría 40 millones de euros para fichar en el futuro por el Barcelona “habría alterado el libre mercado de fichaje de futbolistas”.
Ello “al impedir que el jugador entrase en el mercado conforme a las reglas de la libre competencia, de modo que se obtuviera una mayor cantidad económica por el traspaso”, constituyendo el delito de corrupción entre particulares.
“Si el objetivo de este contrato fue directamente alterar el mercado de fichajes de futbolistas, según estima la Sala, entonces es razonable pensar que los dos directivos que intervinieron en su firma”, dijeron Rosell y Bartomeu, entonces presidente y vicepresidente, respectivamente, “fueron responsables de esta decisión, de la firma del contrato y conscientes de esta finalidad ilícita”, añade.
La actuación de ambos directivos se realizó sin informar a la Junta Directiva, ni al Santos, ni a DIS como propietaria de 40% de los derechos federativos del jugador, y todo ello mientras éste tenía contrato en vigor con el club brasileño. EFE