TSJ negó aclarar si MinDefensa normaría acción de Fanb en protestas

Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) | Imagen de referencia

TSJ negó aclarar si MinDefensa normaría acción de Fanb en protestas | Imagen de referencia

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), declaró inadmisible los artículos 55 y 68 de la Carta Magna, que el abogado Otoniel Pautt interpuso en el mes de febrero de 2015 para saber si el ministro de la Defensa, Vladimir Padrino López, se encontraba facultado para dictar la polémica resolución 008610, en la cual se le permite a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (Fanb), usar armas de fuego en las manifestaciones, con las que podrían ocasionar riesgo de “violencia mortal”.

Además se conoció que el fallo redactado por la magistrada Gladys Gutiérrez, justificó su negativa a responder alegando que el accionante no buscaba aclarar ninguna duda sino que pretendía “la nulidad de la referida resolución” .

Por otro lado, Pautt hizo una solicitud  la instancia judicial que en el caso de que se declare que un reglamento ministerial no es suficiente para regular un derecho constitucional como lo es la manifestación, entonces  “le haga un exhorto al Ministro del Poder Popular para la Defensa, para que, según señala el solicitante, revise y reconozca la nulidad absoluta de la Resolución número 008610”.

Cabe destacar que la Sala Constitucional afirmó que el accionante no precisó cuáles eran las dudas que tenía sobre las normas que se le pidió interpretar.

Los artículos 55 y 68 constitucionales establecen que los cuerpos de seguridad “respetarán la dignidad y los Derechos Humanos de todas las personas”, que el uso de armas de fuego “estará limitado por principios de necesidad, conveniencia, oportunidad y proporcionalidad” y que “se prohíbe el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas”.

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