Ordenan la fusión por absorción de Caveguías con Cantv
En la Gaceta Oficial N° 41.011 de fecha 1 8de octubre de 2016, es publicado el Decreto Presidencial N° 2.487 mediante el cual se ordena la fusión por absorción de la Compañía Anónima Venezolana de Guías (Caveguías) empresa constituida como sociedad mercantil, domiciliada en Caracas, debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el día 12 de noviembre de 1975, bajo el N° 69, Tomo 90-A, cuya última reforma estatutaria quedó inscrita por ante el mismo Registro Mercantil el día 12 de febrero de 2004, bajo el N° 16, Tomo 18-A Pro, con la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (Cantv), sociedad mercantil domiciliada en Caracas, debidamente inscrita en el Registro Mercantil que llevaba el Juzgado de Comercio del Distrito Federal, el día 20 de junio de 1930, bajo el N° 387, Tomo 2, cuya última reforma estatutaria quedó inscrita ante ese mismo Registro Mercantil, el día 16 de junio de 2008, bajo el N° 70, Tomo 67-A Pro.
Como consecuencia de la fusión por absorción, la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (Cantv) tendrá el carácter de sociedad subsistente, asumiendo los derechos y obligaciones correspondientes a la Compañía Anónima Venezolana de Guías (Caveguías).
En virtud de este Decreto de fusión, queda disuelta de pleno derecho la Sociedad Mercantil Caveguías, conforme a lo dispuesto en el numeral 7 del artículo 340 del Código de Comercio y en consecuencia, se extingue la misma sin necesidad de proceder a su liquidación.
El patrimonio de Caveguías se transferirá en bloque al patrimonio de la Compañía Anónima Nacional de Teléfonos de Venezuela (Cantv). En este sentido, todos los elementos activos y pasivos, quedarán integrados al patrimonio de ésta, con lo cual se mantendrá la situación de cualquier acreedor de Caveguías.
La sociedad mercantil Caveguías, deberá suministrar a la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (Cantv), todos los documentos y la información relacionada con las operaciones, derechos y obligaciones de Caveguías. A fin de materializar la fusión ordenada en este Decreto.
El Ministerio del Poder Popular para Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología, realizará todos los trámites necesarios ante el Registro Mercantil correspondiente, y de conformidad con lo establecido en la legislación aplicable, para materializar la fusión prevista en este Decreto.
Con información de Noticiero Legal.