TSJ se declara “imposibilitado” para extraditar a un etarra en Chichiriviche

Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) | Imagen de referencia

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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia se declaró imposibilitado de tramitar la extradición de José Ignacio de Juana Chaos (57), una persona requerida por las autoridades españolas porque presuntamente es integrante de ETA, agrupación calificada de terrorista que desde 1958 propugna la independencia de España del territorio vasco.  “Se verificó que el referido ciudadano no se encuentra detenido en ningún centro penitenciario de detención preventiva”, dice la sentencia  N° 247 de la Sala Penal difundida el pasado 1° de julio.

La Audiencia Nacional de Madrid envió un documento a Venezuela el 11 de junio de 2015 en donde le informan que José Ignacio de Juana Chaos estaba en Venezuela. “Ha sido visto (el 24 de marzo de 2015) en una licorería llamada Falcón FJJ, ubicada al final de la calle Zamora, a escasos 25 metros del malecón, en la localidad de Chichiriviche, estado Falcón”, señala la nota de las autoridades españolas y recogida en la sentencia de la Sala Penal.

España busca a José Ignacio desde el año 2008 cuando huyó de esa nación. Refieren que el día 2 de agosto de 2008, De Juana Chaos estaba celebrando  con amigos en una calle de San Sebastián, España. Festejaban que había salido de la cárcel tras cumplir 21 años de prisión “por 25 asesinatos consumados y un delito de amenazas”.

Pero en esa fiesta se leyó una carta de un líder de ETA “presuntamente instigando con ello a los aproximadamente 500 asistentes a la continuación con la utilización de vías violentas y delictivas para ese objetivo”. Por ello le imputan la presunta comisión del delito de “cooperación necesaria en la justificación pública de actos terroristas propios y ajenos que a su vez humillan e intensifican el dolor de las víctimas, de los mismos y de sus familiares”.

Ante esa información, la Sala Penal solicitó a la Fiscalía y al Ministerio de Relaciones Exteriores información sobre el paradero de José Ignacio. La Fiscalía respondió que “no cursa investigación penal alguna que involucre al ciudadano José Ignacio Juana de Chaos”. Mientras que el Ministerio de Exteriores informó que el español no está detenido en el país.

“Por lo tanto, al no constar la ubicación del ciudadano requerido, la Sala, no puede realizar la correspondiente audiencia oral prevista en el artículo 390 del Código Orgánico Procesal Penal, para examinar y decidir la procedencia o no de la solicitud de extradición presentada por el Gobierno del Reino de España”, concluyen los magistrados de la Sala Penal en una ponencia redactada por el magistrado Maikel Moreno.

Eligio Rojas|Últimas Noticias

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