Vladimir Villegas sobre fallo del TSJ de la doble nacionalidad

Vladimir Villegas periodista venezolano| Captura de Vídeo

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El periodista venezolano Vladimir Villegas, expresó su preocupación este lunes por la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia sobre la doble nacionalidad, la cual vuelve a poner en el tapete al presidente Nicolás Maduro, quien es señalado por sectores adversos de ser colombiano.

Es allí donde se hacen presentes muchas dudas. La primera de ellas, ¿existe alguna razón concreta, especifica, irrefutable, que obligue al máximo tribunal del país a buscar argumentos jurídicos que permitan reinterpretar artículos de la Constitución como el 41 y el 227 donde quedan claramente establecidos los requisitos para el ejercicio de la Presidencia de la República y otros altos cargos públicos?.

La Sala Constitucional del TSJ tiene entre sus atribuciones la interpretación de la Constitución desde un estricto apego a ella. No está en libertad de amoldar su articulado a intereses de ninguna índole. Eso vale para este caso y para cualquier otro.

En el caso concreto del artículo 41, no hay lugar para elasticidades con respecto a la condición de venezolana o venezolano por nacimiento y sin otra nacionalidad para el ejercicio de la Presidencia de la República, Vicepresidencia de República, presidencia y vicepresidencias de la Asamblea Nacional, Fiscalía, Contraloría General, Tribunal Supremo de Justicia, Consejo Nacional Electoral, Defensoría del Pueblo, ministerios de carácter estratégico, entre otras responsabilidades. En términos coloquiales, no hay quinta pata que buscar.

También el artículo 227 establece claramente que sólo podrá ser elegida o elegido Presidenta o Presidente quien haya nacido en territorio venezolano y no posea otra nacionalidad. No hay en esos dos artículos siquiera una rendija por la cual pueda abrirse paso una tesis, por muy enjundiosa que sea, en dirección hacia la posibilidad de que quien no cumpla esos requisitos ocupe la Primera Magistratura o cualquiera de los cargos señalados expresamente en el artículo 41 de nuestra Carta Magna, reseña Sumarium.

No terciamos en el debate en torno a la nacionalidad del Presidente Nicolás Maduro. Quienes tengan pruebas que la pongan en entredicho deben acudir ante las instancias jurisdiccionales. Pero sí queremos dejar sentada nuestra preocupación por los alcances de esa sentencia y, sobre todo, por las consecuencias que de ellas pueden derivarse en materia de posibles violaciones a la constitución, y a circunstancias que pongan en peligro nuestra soberanía nacional.

¿Qué hay detrás de la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia publicada en la Gaceta número 40.909, del 23 de mayo de este año, en la cual se dilucida el caso de una niña cuyos padres, de diferentes nacionalidades, viven un proceso de divorcio?

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