Compañía militar, petrolera y minera viola la Constitución

Imagen de referencia

Imagen de referencia

La Academia de Ciencias Políticas y Sociales consideró que el decreto 2231, mediante el cual se crea la Compañía Anónima Militar de Industrias Mineras, Petrolíferas y de Gas, viola la Constitución y el régimen jurídico-administrativo vigente y aplicable, especialmente en materia de hidrocarburos, publica El Nacional.

En un comunicado firmado por Eugenio Hernández-Bretón, presidente de la institución, se afirma que atribuir la actividad comercial e industrial al ámbito militar sugiere que el objetivo del decreto 2231 pretende destinar más recursos a la institución castrense, pues de otro modo no tendría sentido alguno que se asigne a ese ámbito lo que es propio del mundo civil.

Se afirma que la delegación al estamento militar de todo lo relacionado con los servicios para el desarrollo de la industria petrolera viola principios del régimen constitucional que reserva al Estado la actividad de hidrocarburos y la organización y funcionamiento de la administración pública. También, que la reserva de los hidrocarburos, como competencia petrolera del poder nacional debe ejercerla el Ejecutivo.

Se destaca, a su vez, que el decreto 2231 priva a Pdvsa del control de las operaciones relativas a los servicios conexos a las actividades primarias de hidrocarburos, tales como suministros de bienes y equipos para la industria petrolera en el lago de Maracaibo.

Con la atribución de competencias petroleras al Ministerio de la Defensa, a través de un acto de menor rango al de las señaladas leyes orgánicas como lo es el decreto 2231, no solo se duplican ilegalmente las competencias otorgadas al Ministerio de Petróleo y Minería, sino que además se contradicen expresas disposiciones de superior jerarquía normativa que atribuyen en exclusividad esta materia al ministerio de adscripción de dicha empresa militar.

Hace un llamado al gobierno a respetar la Constitución y demás leyes del país, aparte de atenerse al carácter civil de la iniciativa pública dentro de un modelo de economía de mercado. También al desarrollo, por parte del Estado, de actividades económicas, solo cuando ello sea conveniente al interés nacional y a la concreción de la cláusula social del Estado de derecho.

Suscribete
Notificar a
guest
0 Comments
Más antiguos
Más nuevos Más votados
Inline Feedbacks
View all comments