Aprobación de Decreto de Emergencia viola la Constitución, sostiene Vicente Haro

Abogado José Vicente Haro.

Abogado José Vicente Haro.

En horas de la mañana de este lunes, el abogado constitucionalista, José Vicente Haro, en una entrevista ofrecida al programa Primera Página de Globovisión, indicó que la sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), con respecto a la aprobación del Decreto de Emergencia Económica viola el artículo 399 de la Constitución.

Haro explicó que para que el decreto fuese aprobado requería de la aprobación de la Asamblea Nacional (AN), y a su vez tiene otras faltas, como por ejemplo, la violación a derechos Humanos que permiten afirmar que la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia es nula según el artículo 25 de la constitución”.

Por otra parte, destacó que el plazo de vigencia del decreto de emergencia es de 60 días continuos.

“Las sentencias inconstitucionales serían la impugnación de los diputados de Amazonas y el Decreto de emergencia económica, la Asamblea Nacional ha debido declarar que esas sentencias son inconstitucionales”, dijo Haro.

También explicó detalles sobre la enmienda que se quiere realizar por parte del parlamento, a lo que el abogado agregó que tiene una ventaja porque no requiere una mayoría justificada en la Asamblea Nacional se puede aprobar con la mitad mas uno pero luego tiene que tener un acuerdo con el CNE para tener validez.

“La Asamblea Nacional propone y el pueblo al final es quien dispone. El TSJ esta fuera de la constitución y el parlamento está atado de manos, por encima de ellos esta la Constitución y aún por encima de ella está el poder constituyente” explicó Haro.

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