Jesús Silva: “Utilizar la enmienda para revocar el mandato de un presidente es inconstitucional”

Jesús Silva, Abogado constitucionalista

Jesús Silva, Abogado constitucionalista

El abogado constitucionalista y simpatizante del chavismo, Jesús R. Silva, publicó este domingo un artículo a propósito de la entrevista de Hermann Escarrá con José Vicente Rangel por Televen.

A continuación el comentario:

Enmienda constitucional no sirve para revocar mandato a nadie. El procedimiento constitucional para revocar el mandato de una autoridad elegida por el voto del pueblo es uno sólo y se llama: referendum revocatorio.

El uso de cualquier otro procedimiento con la finalidad de revocar ese mandato es una violación a la Constitución. En el caso de la enmienda constitucional, su uso con fines revocatorios permitiría el fraude de revocar el mandato incumpliendo los requisitos establecidos por la Carta Magna para el referendum revocatorio, es decir: acto previo de convocatoria mediante recolección de firmas del 20% de los inscritos (4 millones de electores) en el registro civil y electoral. Por su parte, la enmienda no obliga a tal recolección de firmas sino que el Presidente o la Asamblea Nacional pueden unilateralmente someterla a la votación del soberano, reseñó Noticiero Digital.

Aunque todos los procedimientos constitucionales funcionan como propuestas que finalmente son sometidos al sagrado voto popular, hay caminos que son más largos que otros según la importancia del tema para el país y por eso no se pueden relajar las normas constitucionales en perjuicio de la majestad del sufragio, la estabilidad política del Estado y la seguridad jurídica de las instituciones.

Entonces, aunque los más íntimos asesores jurídicos o constitucionales recomienden lo contrario, el Presidente Nicolás Maduro no debe proponer una enmienda constitucional para recortar el mandato de la actual Asamblea Nacional o para que dicho órgano sea declarado transitorio y su mandato termine anticipadamente, porque en la práctica se estarían produciendo efectos de “enmienda revocatoria” lo cual ya dijimos que es inconstitucional.

Pero además de la inconstitucionalidad de dicha “enmienda revocatoria”, cuestión que pudiera ser revertida por mejor criterio o interpretación vanguardista de la respetable Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia; la misma da legitimidad a la actual propuesta de la mayoría parlamentaria opositora, quien ya se encuentra tramitando su propia “enmienda revocatoria” en contra del Presidente Nicolás Maduro.

Dice el proverbio: “lo que es bueno para el pavo, es bueno para la pava”. ¿De lo contrario con que cara podrá Venezuela decirle a la comunidad internacional que TSJ y CNE dan luz verde a la enmienda chavista y luz roja a la enmienda opositora? He allí cuando la sabiduría jurídica de los abogados constitucionalistas debe conjugarse con la sabiduría política, porque dar consejos para legitimar o propiciar un choque de “enmiendas revocatorias” donde tanto gobierno como oposición podrán someter su iniciativa a elección universal, directa y secreta; terminará favoreciendo a quien para la fecha tenga más votos y hundirá al que tenga menos (antes de tiempo y sin chance de recuperarse).

Considerando que el Presidente Nicolás Maduro manifestó en cadena nacional de radio y TV que los resultados de las elecciones del 06-12-15 (donde ganó la oposición) significaron el triunfo de la denominada “guerra económica” y que las condiciones del país hoy no son mejores que las de aquel día, advertimos que si el gobierno impulsa, acepta o convalida el experimento de la “enmienda revocatoria” cometerá un suicidio político.

Para evitar su propio desgaste, el gobierno revolucionario debe priorizar esfuerzos en hacer obras para reconquistar la mayoría popular (recuperar votos) y salir de esta trampa de “guerra constitucional” o “choque de poderes” que varias veces hemos advertido en nuestras declaraciones por televisión nacional.

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