Ley de Precios establece hasta “5 años de cárcel” por reventa de productos
El decreto establece las sanciones para la reventa de productos. En el artículo 55 indica: “Quien revenda productos de la cesta básica o regulados, con fines de lucro, a precios superiores a los establecimientos del Estado, por regulación directa o por lineamientos para establecimiento de precios, será sancionado con prisión de tres a cinco años, multa de 200 a diez mil unidades tributarias y comiso de las mercancías”, reseña Panorama
La Ley establece además, que “quien dirija un grupo estructurado o grupo asociado de personas para la comisión del delito previsto en este artículos (55), será sancionado de conformidad con la Ley Orgánica contra la Delincuencia organizada y Financiamiento al Terrorismo”.
La reventa “a través de medios electrónicos, publicitarios o de cualquier índole que conlleve a la comisión de la infracción”.