En Gaceta: Establecen tres modalidades de precios de bienes en el país
Entró en vigencia la Gaceta Oficial número 40.774 de la providencia de la Superintendencia para la Defensa de los Derechos Socio-económicos (Sundde) en la que describe tres modalidades de precios que deberán ser cumplidos tanto por personas naturales como jurídicas, reseñó el diario El Tiempo.
Estas categorías son el Precio Máximo de Venta del Productor, Importador o Prestador Intermediario (Pmvpi), el Precio Máximo de Venta al Público (Pmvp) y el Precio Justo.
Los dos últimos están dirigidos directamente a los consumidores, puesto que el primero es de uso exclusivo para productores o compradores de bienes en el exterior.
Pese a la Sundde deja que tanto productores como importadores estipulen los precios de venta para distribuidores y consumidores, recalca que los mismos pueden ser supervisados y establecidos por el ente “según criterios sociales y económicos oportunos”.
En cuanto al caso del Precio Justo, la Superintendencia será quien fije el valor y abarcará los bienes priorizados, como alimentos y medicamentos, o rubros regulados.
Igualmente, al momento de determinar los precios en cada una de las categorías, se deben tomar en cuenta cinco factores: la estructura de costos, el precio máximo del productor o importador, la ganancia, el margen de intermediación y el carácter estratégico del producto.
Sobre el margen de intermediación, la normativa estipula que “no podrá ser superior a 60%, independientemente del número de intermediarios que intervengan en la cadena de comercialización”.
Según indica el rotativo, el margen de ganancia seguirá en 30% para la manufactura, pero bajó a 20% para los importadores.