Extensión del decreto faculta al gobierno a endeudarse en divisas sin autorización de la AN

La extensión del decreto se hizo pública en la Gaceta Oficial extraordinaria No. 6256

La extensión del decreto se hizo pública en la Gaceta Oficial extraordinaria No. 6256

Por orden del Ejecutivo Nacional, el decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica se extendió por cuarta vez; esta vez con nuevas normativas que autorizan una serie de acciones económicas que podrán realizarse sin la autorización de la Asamblea Nacional ni de otro Poder Público.

El economista y miembro de la Comisión de Finanzas de la Asamblea Nacional, diputado José Guerra, afirmó que el decreto viola de manera flagrante la Constitución.

La normativa acentúa el carácter estatista de la economía y la intervención del gobierno en este ámbito. El decreto se salta la disposición 314 de la carta magna cuando establece que se pueden autorizar créditos adicionales sin autorización de la Asamblea. También permite al Ejecutivo endeudarse en moneda extranjera sin pasar por el Poder Legislativo, lo que viola el artículo  150 de la Constitución”.

Sin embargo, en el último de los considerandos que expone el texto, señala: “Que el Tribunal Supremo de Justicia declaró la Invalidez, Inexistencia e Ineficacia Jurídica de todos los actos y actuaciones dictados por la Asamblea Nacional, por encontrarse este Órgano Legislativo en desacato y en flagrante violación del orden público constitucional”.

De igual manera, indica que Ejecutivo podrá establecer normativas excepcionales para autorizar erogaciones, autorizar y suscribir contratos de interés público “sin el sometimiento o autorizaciones de otros Poderes Públicos”.

Expone que cualquier Poder que quiera obstaculizar tales acciones, se le podrán levantar sanciones de carácter político.

DESIGNACIÓN DE DIVISAS

La normativa también autoriza la asignación de divisas de manera directa para adquirir productos. “Establecer rubros prioritarios para las compras del Estado, o categorías de estos, y la asignación directa de divisas para su adquisición, en aras de satisfacer las necesidades más urgentes de la población y la reactivación del aparato productivo nacional”.

Fuente: El Nacional

 


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